Trabajadores de la Administración de Parques Nacionales (APN) de todo el país advirtieron que la aprobación de la llamada Ley Bases “puede afectar gravemente a la sociedad y al ambiente de manera irreversible”, y solicitaron su rechazo.

En una carta dirigida a los diputados y senadores de la Nación, la Coordinación Nacional de ATE Parques Nacionales, delegados y paritarios de todas las áreas protegidas llamaron la atención en particular sobre los artículos 3º y 6º del proyecto del oficialismo que se debate en la Cámara de Diputados.

Tras advertir que la aprobación de la norma amenaza el futuro de la APN así como de otros organismos, los trabajadores solicitaron que “se rechace la llamada ‘Ley Bases'”.

“De avanzarse en el Congreso en la aprobación en general de la misma, se eliminen / rechacen
los artículos 3° y 6° y todos aquellos que vulneren los derechos de los/as trabajadores/as”
, continúa el texto.

Y agrega que de no conseguir acuerdo para el rechazo de esos dos ítems, “se agregue a la Administración de Parques Nacionales como exceptuada de la totalidad de lo mencionado en ambos artículos, atento a la importancia de este organismo para todos los habitantes de la República Argentina”.

Parque Nacional Lanín. Foto: APN.

Qué dicen los artículos 3º y 6º

El artículo 3º del proyecto de Ley Bases faculta al Poder Ejecutivo a disponer distinas acciones respecto de los “órganos u organismos de la administración central o descentralizada”, entre ellos la “modificación o eliminación de las competencias, funciones o responsabilidades dispuestas legalmente cuyo mantenimiento resulte innecesario”. También habilita “la reorganización, modificación o transformación de su estructura jurídica, centralización, fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia a las provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos”.

En tanto, el artículo 6° autoriza al Poder Ejecutivo a intervenir los distintos “organismos descentralizados, empresas y sociedades”, excepto “las universidades nacionales, los órganos u organismos del Poder Judicial, Poder Legislativo, Ministerio Público y todos los entes que de ellos dependan”.

El rol de Parques Nacionales

La APN, describe la carta, “es un organismo autárquico, con una conducción colegiada, crucial en materia de conservación del ambiente, lo cual por imperio constitucional requiere una mirada nacional y federal”. Cuenta con amplias atribuciones y funciones para la gestión territorial de las Áreas Protegidas a su cargo, las cuales guardan muestras de casi la totalidad de la gran diversidad de ambientes naturales de la Argentina.

Video: APN.

En la actualidad, son 55 las áreas protegidas, distribuidas en 21 provincias y en el mar argentino. En total suman poco más de 18 millones de hectáreas, distribuidas en 5,2 millones terrestres y más de 13 millones marinas.

“Todo ello representa en su conjunto las diversas ecorregiones que conforman nuestro territorio”, advierten los delegados de la APN. Y señalan que entre los profesionales, técnicos, administrativos, investigadores, brigadistas y guardaparques, suman “menos de 2200 trabajadores y trabajadoras”.

Asimismo, recuerdan que el artículo 41ª de la Constitución Nacional establece que “todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.

Para este fin, señala su párrafo segundo, “las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales”.

“La experiencia demuestra que los recursos naturales y culturales, librados a las reglas del mercado
y a la mayor o menor conciencia ecológica de los agentes económicos o políticos, sufren un deterioro
constante y progresivo, lo que directa o indirectamente ocurre en detrimento de la población”, continúa la misiva.

Y sostiene que “el Estado Nacional tiene entonces el deber (hoy ya consagrado por el artículo 41º de la Constitución Nacional) de preservar ese patrimonio natural y cultural, para que las actividades que se desarrollen en el presente no comprometan el futuro”.

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